Bienvenidos al blog del Grupo de Música de Capilla "Orpheus" (San Fernando, Cádiz)

sábado, 19 de noviembre de 2011

La Música de Capilla en la Isla de San Fernando del siglo XVIII:

Ya desde el año de 1782 el obispado de la diócesis de Cádiz imponía medidas sobre el tipo de músicas que debían figurar en los cortejos procesionales de la Semana Santa, admitiendo tan solo como acompañamiento a estos actos: el bajón, el oboe y un coro de voces gruesas. Anteriormente a esta fecha está bien documentado, en el libro de caja de la hermandad de la Soledad en 1766, el acompañamiento de la banda de música de Marina.


Así que será este año el momento en que se determina el cambio de tipo de acompañamientos musicales. Pero eso era de "iure", no de "facto", pues parece que la población careció de capillas musicales hasta más adelante. En efecto, sobre la existencia de estas capillas musicales en la Isla, tenemos algunas referencias en virtud a los pleitos que se generaron. Así, para 1799 tenemos que los hermanos de la Cofradía de Ntra Sra. de las Mercedes, S. Crispín y S. Crispiniano, sita en la capilla del Cristo de la Vera-cruz, crean una capilla de música compuesta por: bajo, contraalto, tenor, tiple, tres violines, dos oboes, dos trompas y un contrabajo. Paralelamente a esta, también se documenta la existencia de los músicos de la Real Banda de Marina "como verdaderos facultativos en el arte".

Sucede entonces, que en 1807 se está creando otra capilla de música, a la que las dos anteriores acusan de una supuesta ilegalidad. Para ello esgrimen el carácter aficionado de sus miembros, y consecuentemente la disminución de su mercado.

Esta última capilla estaba compuesta por: dos violines, dos flautas, el tenor, el coro compuesto por personas del pueblo llano y un niño que hacía el tiple; careciendo de formación. Si esto no fuera suficiente, para echar más leña al fuego, el director de esta capilla de "ilegales", pide al obispado que se le reconozca el título de Maestro de Capilla. Por su parte, la capilla musical de la cofradía de las Mercedes y la Banda de Marina, solicitan al mismo prelado un referente que indique a quien le corresponde el privilegio de actuar en los actos, por los motivos que han expuesto.
La respuesta que se da desde la sede episcopal indica que los precios que se ofertan son muy variables, y se reconoce que no todas las parroquias, ni capillas, ni todas las cofradías pueden costear el mismo; así que dictamina que las iglesias deben de tener libertad absoluta de llamar para sus funciones a quien mejor les parezca.


Manuel Molina García
Licenciado en Historia.

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